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Ley
LEY Federal de Protección al Consumidor
Artículo
53

Artículo 53 de la LEY Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando compras algo por teléfono, tele, correo o mensajería (sin estar frente al vendedor), la ley te protege. El vendedor tiene que asegurarse de que el producto llegue a tu casa o que tú estés bien identificado al recibirlo. También debe dejarte hacer reclamaciones o devoluciones usando el mismo medio por el que compraste, como llamada o correo. Si el producto sale mal y tiene garantía, el vendedor paga los gastos de envío para la devolución o reparación, a menos que acuerden otra cosa. Antes de que compres, el vendedor está obligado a decirte el precio, la fecha de entrega, los costos de seguro y envío, y la marca del producto.

Texto oficial

ARTÍCULO 53.- Los proveedores que realicen las ventas a que se refiere este capítulo por medios en los cuales sea imposible la entrega del documento al celebrarse la transacción, tales como teléfono, televisión, servicios de correo o mensajería u otros en que no exista trato directo con el comprador, deberán: LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 12-12-2025 18 de 119 I. Cerciorarse de que la entrega del bien o servicio efectivamente se hace en el domicilio del consumidor o que el consumidor está plenamente identificado; II. Permitir al consumidor hacer reclamaciones y devoluciones por medios similares a los utilizados para la venta; III. Cubrir los costos de transporte y envío de mercancía en caso de haber devoluciones o reparaciones amparadas por la garantía, salvo pacto en contrario; y IV. Informar previamente al consumidor el precio, fecha aproximada de entrega, costos de seguro y flete y, en su caso, la marca del bien o servicio.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección al Consumidor (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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