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Artículo 74 de la LEY Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando compras algo, el vendedor está obligado a entregarte el producto en el tiempo que acordaron y tal como te lo ofrecieron, sin cambios ni sorpresas. Si te dijeron que te llegaría en tres días o que sería de cierto color o modelo, deben cumplirlo al pie de la letra. No pueden darte algo diferente o tardarse más de lo pactado.

Texto oficial

ARTÍCULO 74.- Los proveedores deberán efectuar la entrega física o real del bien materia de la transacción en el plazo pactado con el consumidor y de acuerdo con las especificaciones previamente establecidas u ofrecidas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.