Artículo 97 de la LEY Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes pruebas de que una empresa o persona está violando las leyes de protección al consumidor, puedes ir a la Procuraduría (Profeco) y poner una queja. Para hacer válida tu denuncia, debes dar el nombre y domicilio de a quién acusas, explicar con detalles qué pasó, y opcionalmente dar tus datos personales. Puedes presentar la denuncia por escrito, por teléfono, por internet, o hasta de palabra. No necesitas ser abogado ni tener conocimientos legales para hacerlo.
Texto oficial
ARTÍCULO 97.- Cualquier persona podrá denunciar ante la Procuraduría las violaciones a las disposiciones de esta ley, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables. En la denuncia se deberá indicar lo siguiente: Párrafo reformado DOF 04-02-2004 I. Nombre y domicilio del denunciado o, en su caso, datos para su ubicación; Fracción adicionada DOF 04-02-2004 II. Relación de los hechos en los que basa su denuncia, indicando el bien, producto o servicio de que se trate, y Fracción adicionada DOF 04-02-2004 III. En su caso, nombre y domicilio del denunciante. Fracción adicionada DOF 04-02-2004 LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 12-12-2025 40 de 119 La denuncia podrá presentarse por escrito, de manera verbal, vía telefónica, electrónica o por cualquier otro medio. Párrafo adicionado DOF 04-02-2004
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.