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Ley
LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien más (una persona tercera) quiere meterse a un juicio que no empezó él, tiene 30 días para presentar un escrito. Ese escrito debe explicar por qué tiene derecho a participar, e incluir documentos como pruebas o preguntas para los peritos (expertos). Si no es el dueño del caso, debe demostrar que tiene permiso para representar a alguien más. La jueza o juez tiene máximo 5 días para revisar el escrito y decidir si lo acepta o no.

Texto oficial

ARTÍCULO 18.- La persona tercera, dentro de los treinta días siguientes a aquél en que se corra traslado de la demanda, podrá apersonarse en juicio mediante escrito que contendrá los requisitos de la demanda o de la contestación, según sea el caso, así como la justificación de su derecho para intervenir en el asunto. Deberá adjuntar a su escrito, el documento en que se acredite su personalidad cuando no gestione en nombre propio, las pruebas documentales que ofrezca y el cuestionario para las personas peritas. Son aplicables en lo conducente los cuatro últimos párrafos del artículo 15. Presentado el escrito de apersonamiento, y en su caso una vez transcurridos los plazos concedidos a la persona tercera para el desahogo de prevenciones o requerimientos, la Magistrada Instructora o el Magistrado Instructor deberá acordar lo conducente, dentro de un plazo que no deberá exceder de cinco días. Artículo reformado DOF 13-06-2016, 09-06-2026 CAPÍTULO II De la Contestación

Ver texto oficial de la LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (pág. 14) ↗

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