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Ley
LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez encargado del caso puede ordenar medidas para proteger a la persona que está demandando antes de que termine el juicio. Esto aplica cuando se trata de situaciones que duran mucho tiempo, y si no se actúa rápido, la persona podría sufrir un daño grave o perder el derecho que está reclamando solo por el paso de los meses o años. Básicamente, es para evitar que se haga un daño que después ya no tenga remedio.

Texto oficial

ARTÍCULO 26.- La Magistrada Instructora o el Magistrado Instructor podrá decretar medidas cautelares positivas, entre otros casos, cuando, tratándose de situaciones jurídicas duraderas, se LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-06-2026 19 de 80 produzcan daños substanciales a la persona actora o una lesión importante del derecho que pretende por el simple transcurso del tiempo. Artículo reformado DOF 13-06-2016, 09-06-2026

Ver texto oficial de la LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (pág. 18) ↗

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