- Ley
- LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
- Artículo
- 60
Artículo 60 de la LEY Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien presenta una queja (lo que aquí llaman "recurso") contra una decisión de un juez, el juzgado le da a la otra persona involucrada (tu "contraparte") un plazo de 5 días para que conteste lo que quiera decir. Después de eso, sin más vueltas, el caso se pasa a la Sala (un grupo de jueces más altos) para que decida en otros 5 días. Además, el juez que tomó la decisión que estás impugnando no puede hacerse a un lado ni negarse a participar.
Texto oficial
ARTÍCULO 60.- Interpuesto el recurso a que se refiere el artículo anterior, se ordenará correr traslado a la contraparte por el término de cinco días para que exprese lo que a su derecho convenga y sin más trámite dará cuenta a la Sala para que resuelva en el término de cinco días. La Magistrada o el Magistrado que haya dictado el acuerdo recurrido no podrá excusarse. Artículo reformado DOF 09-06-2026
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.