Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 20 de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si quieres traer semillas del extranjero solo para investigarlas, no necesitas un permiso especial. Lo único que debes hacer es asegurarte de que cumplan con las reglas de sanidad vegetal, o sea, que no traigan plagas o enfermedades que puedan dañar las plantas de México. Esto lo dice la Ley Federal de Sanidad Vegetal. En pocas palabras, la ley te pide que cuides que las semillas estén limpias y sanas, pero no te exige otros trámites complicados.

Texto oficial

Artículo 20.- La importación de semillas para fines de investigación, deberá cumplir únicamente con los requisitos fitosanitarios que establece la Ley Federal de Sanidad Vegetal. CAPÍTULO V DE LOS CATÁLOGOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.