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Artículo 21 de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El SNICS (que es el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas) es el encargado de llevar dos listas importantes: una con todas las variedades de plantas registradas y otra con los mantenedores, que son las personas o empresas que se encargan de conservar esas variedades. Estas listas se llaman Catálogo Nacional de Variedades Vegetales y Catálogo de Mantenedores. El SNICS debe publicar ambos catálogos cada año para que cualquier persona pueda consultarlos.

Texto oficial

Artículo 21.- El SNICS tendrá a su cargo el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales, así como el Catálogo de Mantenedores, los cuales publicará anualmente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.