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Artículo 15 de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley desde el 20 de marzo de 2014. La palabra "derogado" significa que ya no existe ni se aplica, como si lo hubieran borrado. No tienes que preocuparte por él, porque no tiene ningún efecto legal actualmente. Lo que le sigue en la ley es el Capítulo IV, que habla de medidas para nivelar oportunidades e incluir a grupos que han sido discriminados.

Texto oficial

Artículo 15.- Derogado. Artículo derogado DOF 20-03-2014 CAPÍTULO IV DE LAS MEDIDAS DE NIVELACIÓN, MEDIDAS DE INCLUSIÓN Y ACCIONES AFIRMATIVAS Capítulo adicionado DOF 20-03-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.