Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPED/17
Ley
LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Artículo
17

Artículo 17 de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo existe para ayudar a que México sea un país más justo y sin discriminación. Su trabajo principal es impulsar que todas las personas tengan las mismas oportunidades y sean tratadas por igual, sin importar quiénes sean. También se encarga de coordinar a las distintas dependencias del gobierno federal para que todas trabajen juntas para prevenir y acabar con la discriminación. En pocas palabras, su objetivo es que nadie sea excluido o maltratado por ser diferente.

Texto oficial

Artículo 17.- El Consejo tiene como objeto: I. Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país; II. Llevar a cabo, las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación; III. Formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en territorio nacional, y IV. Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación.

Ver texto oficial de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 17 de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, explicado | Precedente Legal