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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPED/7
Ley
LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando haya dudas sobre cómo aplicar la ley por distintas interpretaciones, siempre debes elegir la que más proteja a la persona o grupo que está sufriendo discriminación. Esto significa que, si una interpretación ayuda más a quien está siendo afectado, esa es la que se debe usar. La idea es poner por delante el bienestar de la víctima antes que cualquier otra cosa.

Texto oficial

Artículo 7.- Para los efectos del artículo anterior, cuando se presenten diferentes interpretaciones, se deberá preferir aquella que proteja con mayor eficacia a las personas o a los grupos que sean afectados por conductas discriminatorias.

Ver texto oficial de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.