- Ley
- LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
- Artículo
- 77 Ter
Artículo 77 Ter de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo se debe redactar una resolución, que es la decisión final de una autoridad. Dice que esa resolución debe incluir un resumen de los puntos que se discutieron, las razones legales (fundamentos) que la justifican, y lo que se ordena como solución. También tiene que explicar claramente qué alcance tiene esa decisión y qué medidas de reparación o administrativas se tomarán, todo de acuerdo con la ley. Para redactar los argumentos, la autoridad debe seguir las reglas y principios de interpretación que están en la misma ley.
Texto oficial
Artículo 77 Ter.- La resolución por disposición contendrá una síntesis de los puntos controvertidos, las motivaciones y los fundamentos de derecho interno e internacional que correspondan y los resolutivos en los que con toda claridad se precisará su alcance y las medidas administrativas y de reparación que procedan conforme a esta Ley. En la construcción de los argumentos que la funden y motiven se atenderá a los criterios y principios de interpretación dispuestos en esta Ley. Artículo adicionado DOF 20-03-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.