Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si haces actividades que la ley considera vulnerables (como vender joyas o manejar bienes ajenos), debes entregar a la Secretaría ciertos avisos, datos e imágenes. Al hacerlo, no estás violando ningún secreto profesional, bancario, fiscal o de confidencialidad que tengas con tus clientes. Tampoco puedes poner en un contrato una cláusula que te prohíba compartir esa información con el gobierno.

Texto oficial

Artículo 22. La presentación ante la Secretaría de los Avisos, información, documentación, datos e imágenes a que se refiere esta Ley, por parte de quienes realicen las Actividades Vulnerables no implicará para éstos, transgresión alguna a las obligaciones de confidencialidad o secreto legal, profesional, fiscal, bancario, fiduciario o cualquier otro que prevean las leyes, ni podrá ser objeto de cláusula de confidencialidad en convenio, contrato o acto jurídico alguno. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.