Artículo 26 de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un negocio o actividad que la ley considera "vulnerable" (como comprar o vender cosas de alto valor, manejar dinero de otros, etc.), puedes presentar los avisos que pide la ley a través de una organización profesional o colegio de expertos. Pero esa organización debe cumplir con los requisitos que marca esta misma ley. Esto aplica también si manejas tu dinero o propiedades a través de un fideicomiso (un contrato donde alguien más administra tus bienes).
Texto oficial
Artículo 26. Las personas que realicen Actividades Vulnerables, incluidas quienes actúen por medio de fideicomisos, y deban presentar Avisos conforme a lo previsto por la Sección Segunda de este Capítulo, podrán presentarlos por conducto de una Entidad Colegiada que deberá cumplir los requisitos que establezca esta Ley. Artículo reformado DOF 16-07-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.