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Ley
LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Artículo
33 Quáter

Artículo 33 Quáter de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de esto) va a pedirles a los gobiernos de los estados que obliguen a las empresas y asociaciones civiles a decir quién es realmente su dueño o la persona que controla la empresa, a esto se le llama "Beneficiario Controlador". Esto lo harán siguiendo las reglas generales que ya haya publicado la misma Secretaría. En pocas palabras, quieren que se sepa quién está detrás de cada negocio para evitar lavado de dinero.

Texto oficial

Artículo 33 Quáter. La Secretaría, a través de la unidad administrativa facultada conforme a las disposiciones aplicables, promoverá entre las autoridades competentes de las Entidades Federativas que las sociedades y asociaciones civiles identifiquen a su respectiva persona Beneficiario Controlador, tomando en consideración lo dispuesto en las reglas de carácter general que al efecto emita la Secretaría conforme a esta Ley. LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 23 de 39 Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Capítulo V De las Visitas de Verificación

Ver texto oficial de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (pág. 22) ↗

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