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Artículo 45 de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda y la Fiscalía General de la República pueden pedir y revisar tus datos personales, como identificaciones oficiales, fotos o información de registros públicos, pero solo para investigar delitos de lavado de dinero (operaciones con recursos ilícitos). Para hacer esto, deben usar las áreas autorizadas dentro de su propio reglamento y pueden checar la información con cualquier autoridad federal, estatal o municipal. También pueden firmar acuerdos con estos gobiernos u órganos autónomos para verificar que los datos sean correctos e incluso crear sistemas para consultar la información a distancia. En pocas palabras, tienen permiso de la ley para acceder a tus documentos oficiales, pero únicamente cuando investigan posibles fraudes con dinero sucio.

Texto oficial

Artículo 45. La Secretaría y la Fiscalía, en el ámbito de sus respectivas competencias, para efectos exclusivamente de la identificación y análisis de operaciones relacionadas con los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, están legalmente facultadas y legitimadas, por conducto de las unidades administrativas expresamente facultadas para ello en sus respectivos reglamentos, para recabar y corroborar la información, datos e imágenes relacionados con los registros públicos, bases de datos o con la expedición de identificaciones oficiales, que obren en poder de las autoridades federales, locales o municipales, así como para celebrar convenios con los órganos constitucionales autónomos, entidades federativas, alcaldías y municipios, a efecto de corroborar la información referida. La Secretaría o la Fiscalía podrán celebrar convenios con las autoridades que administren los registros públicos o de los documentos de identificación referidos en este artículo, para el establecimiento de sistemas de consulta remota. Artículo reformado DOF 20-05-2021, 16-07-2025 LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 25 de 39

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

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