Artículo 51 Bis de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno federal, estatal y municipal, así como empresas públicas y organismos autónomos, están obligadas a darle a la Secretaría (seguramente la de Hacienda) cualquier información, fotos o documentos que les pida para hacer su trabajo. Cuando se trate de partidos políticos o candidatos, la Secretaría debe pedir los datos al INE o al organismo electoral local, y ellos tienen que entregarlos. Sobre los sindicatos y sus líderes, la información se solicita a la Secretaría del Trabajo. Además, las empresas públicas deben crear reglas internas para evitar ser usadas en lavado de dinero (que es a lo que se refiere "Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita"), y pueden firmar acuerdos con la Secretaría para lograrlo.
Texto oficial
Artículo 51 Bis. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, local, municipal y de las demarcaciones de la Ciudad de México, así como los organismos constitucionales autónomos y empresas públicas del Estado proporcionarán a la Secretaría, la información, datos, imágenes y documentación a la que tengan acceso y que les sea requerida en el ejercicio de sus atribuciones. La información relativa a los partidos políticos nacionales y locales, agrupaciones políticas nacionales, coaliciones, precandidaturas, candidaturas independientes y de partido será requerida por la Secretaría al Instituto Nacional Electoral u Organismo Público Local Electoral que corresponda, teniendo la obligación de proporcionarla. La información de los sindicatos y sus dirigentes podrá ser requerida por la Secretaría a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u órgano equivalente a nivel local. La dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del país en materia energética a que se refiere el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deberá proporcionar la información que tenga conforme a sus facultades y le sea requerida por la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones. Las empresas públicas del Estado y sus filiales establecerán medidas internas que tengan como finalidad mitigar el Riesgo de ser utilizadas en Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Para tales efectos, podrán celebrar acuerdos de colaboración con la Secretaría. Artículo adicionado DOF 16-07-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.