Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPIORPI/59
Ley
LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda puede cancelar el permiso de los agentes aduanales (los que ayudan a pasar mercancías por la aduana) o de empresas que hagan trámites de importación o exportación sin usar un agente aduanal. Esto pasa si vuelven a cometer faltas graves, como no seguir las reglas del artículo 53 sobre cómo manejar mercancías, o si violan directamente esas mismas reglas. Cuando ocurre, la Secretaría le avisa a la autoridad aduanera para que inicie el proceso oficial y decida la cancelación. Y además de eso, también pueden aplicar otras multas o castigos que correspondan.

Texto oficial

Artículo 59. Serán causales de cancelación de la autorización otorgada por la Secretaría a las personas agentes o apoderadas aduanales o agencias aduanales, así como a las personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancía sin la intervención de un agente aduanal o agencia aduanal: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I. La reincidencia en la violación de lo dispuesto en el artículo 53, en sus fracciones I, II, III y IV, y II. La violación a lo previsto en las fracciones VI y VII del artículo 53. La Secretaría informará de la infracción respectiva a la autoridad aduanera, a efecto de que ésta proceda a la emisión de la resolución correspondiente, siguiendo el procedimiento que al efecto establezcan las disposiciones jurídicas que rijan su actuación. La imposición de las sanciones anteriores se llevará a cabo sin perjuicio de las demás multas o sanciones que resulten aplicables.

Ver texto oficial de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 59 de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, explicado | Precedente Legal