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Ley
LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
15

Artículo 15 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los pueblos indígenas y afromexicanos son dueños de su patrimonio cultural, como sus tradiciones, conocimientos o piezas históricas. Ese derecho no se puede perder, vender, regalar, ni quitar por deudas, y tampoco desaparece con el tiempo. Además, no le pertenece a una sola persona, sino a toda la comunidad.

Texto oficial

Artículo 15. La propiedad que esta Ley reconoce a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas sobre los elementos de su patrimonio cultural, es un derecho inalienable, imprescriptible, irrenunciable, inembargable y de naturaleza colectiva.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 6) ↗

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