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Artículo 107 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando pides una patente, el gobierno primero revisa que todos tus papeles estén completos (eso es el "examen de forma"). Si todo está bien, publicará tu solicitud después de que pasen 18 meses desde que la presentaste. Si pediste una "prioridad" (como un beneficio por haberla solicitado antes en otro país), el conteo se hace desde esa fecha anterior. Si después presentas una solicitud "divisional" (para separar partes de tu invento), se publica igual, pero contando desde la fecha de la solicitud original. Tú puedes pedir que publiquen tu solicitud antes de esos 18 meses, siempre que ya hayan aprobado el examen de forma y pagues una tarifa. El Instituto te avisará que puedes hacerlo para ir más rápido. Una vez que tu solicitud está publicada, el gobierno empieza a revisar a fondo si tu invento cumple todos los requisitos (el "examen de fondo"). Las solicitudes que fueron rechazadas, abandonadas o retiradas antes de pasar el examen de forma no se publican.

Texto oficial

Artículo 107.- La publicación de una solicitud de patente tendrá lugar una vez aprobado el examen de forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación o, en su caso, de la prioridad reclamada. La publicación de una solicitud divisional de patente se realizará una vez aprobado el examen de forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación de la solicitud inicial o, en su caso, de la prioridad reclamada. La persona solicitante podrá pedir que su solicitud se publique en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo de 18 meses a que se refieren los párrafos anteriores, siempre y cuando la solicitud haya aprobado el examen de forma y se exhiba el comprobante del pago de la tarifa correspondiente. Con la finalidad de agilizar la tramitación de una solicitud de patente, una vez aprobado el examen de forma, el Instituto informará a la persona solicitante la posibilidad de iniciar el trámite de publicación anticipada. Una vez publicada la solicitud de patente, el Instituto iniciará el examen de fondo previsto en el artículo 110 de esta Ley. Las solicitudes que hayan sido desechadas, abandonadas, retiradas o desistidas durante la etapa de examen de forma, no serán objeto de la publicación a que se refiere el presente artículo. Artículo reformado DOF 03-04-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.