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Ley
LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Artículo
108

Artículo 108 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se publica una solicitud de patente o registro, la publicación debe incluir información básica para identificarla, como los datos de la solicitud, el nombre de los inventores, los solicitantes y sus representantes legales. También se debe indicar la nacionalidad del solicitante y, si existe, la dirección del representante. Después de que la publicación se haga oficial, cualquier persona puede revisar el expediente completo de la solicitud, porque queda abierto al público.

Texto oficial

Artículo 108.- La publicación de la solicitud en trámite contendrá los datos bibliográficos necesarios para identificar la solicitud; el nombre de las personas inventoras, solicitantes y representantes legales; la nacionalidad de la persona solicitante, y el domicilio de la persona representante, en su caso. Párrafo reformado DOF 03-04-2026 Una vez publicada la solicitud, el expediente se encontrará abierto para su consulta.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial (pág. 31) ↗

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