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Artículo 150 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien tiene una patente (el derecho exclusivo de usar una invención) o una licencia obligatoria (un permiso forzoso para usar esa invención), puede pedirle al Instituto que cambie las condiciones de esa licencia. Esto solo se hace si surgen nuevas razones importantes, por ejemplo, si el dueño de la patente después ofrece mejores condiciones en contratos privados que las que tiene la licencia obligatoria. El Instituto va a decidir si hace el cambio, pero antes debe darles la oportunidad a ambas partes de dar su opinión.

Texto oficial

Artículo 150.- A petición de la persona titular de la patente o de la persona que goce de la licencia obligatoria, las condiciones de ésta podrán ser modificadas por el Instituto cuando lo justifiquen causas supervenientes y, en particular, cuando la persona titular de la patente haya concedido licencias contractuales más favorables que la licencia obligatoria. El Instituto resolverá sobre la modificación de las condiciones de la licencia obligatoria, previa audiencia de las partes. Artículo reformado DOF 03-04-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

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