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Ley
LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Artículo
152

Artículo 152 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si a alguien le dan permiso para usar una patente (licencia obligatoria), ese permiso no es exclusivo, así que otras personas también pueden obtenerlo. La persona que recibe ese permiso no puede pasárselo a alguien más sin el visto bueno del Instituto. Solo puede transferirlo si también vende o cede la parte de su negocio donde está usando esa patente. En resumen, no puedes prestar ni vender el permiso por separado, tiene que ir junto con la fábrica o taller donde se ocupa.

Texto oficial

Artículo 152.- La licencia obligatoria no será exclusiva. La persona a quien se le conceda solo podrá cederla con autorización del Instituto y siempre que la transfiera junto con la parte de la unidad de producción donde se explota la patente objeto de la licencia.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial (pág. 40) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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