Artículo 166 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si por tu trabajo, negocio o profesión llegas a conocer un secreto industrial de una empresa, y antes te advirtieron que era información confidencial, no puedes contarlo a nadie. Para poder compartirlo, necesitas el permiso de la persona o empresa que legalmente controle ese secreto, o de quien esté autorizado para usarlo. Si lo divulgas sin permiso, estarías violando la ley.
Texto oficial
Artículo 166.- Toda aquella persona que, con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto, desempeño de su profesión o relación de negocios, tenga acceso a un secreto industrial del cual se le haya prevenido sobre su confidencialidad, deberá abstenerse de divulgarlo, sin consentimiento de la persona que ejerza su control legal, o de su usuario autorizado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.