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Artículo 17 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando hagas un trámite, tienes que dar una dirección en México y un correo electrónico para que te avisen o te entreguen documentos oficiales. Si cambias de casa o de correo, debes avisarle al Instituto para que puedan seguir comunicándose contigo. Si no avisas del cambio, cualquier notificación que te envíen a la dirección que ya diste se considera como si la hubieras recibido legalmente, aunque tú no la hayas visto. En pocas palabras, es tu responsabilidad mantener actualizados tus datos de contacto.

Texto oficial

Artículo 17.- En toda solicitud la persona promovente deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del territorio nacional, así como un correo electrónico. Párrafo reformado DOF 03-04-2026 Cualquier cambio en el domicilio para oír y recibir notificaciones o en el correo electrónico deberá ser comunicado al Instituto. En caso de que no se dé aviso, las notificaciones que se practiquen se tendrán por legalmente realizadas en el domicilio que aparezca en el expediente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.