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Artículo 180 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que los integrantes de una asociación o sociedad que sea dueña de una marca colectiva pueden ponerle a esa marca la frase “Marca Colectiva Registrada”. Es como un sello que identifica que la marca está protegida legalmente y pertenece a un grupo. Así, si formas parte de esa asociación, puedes usar esa etiqueta en tus productos o servicios para que todos sepan que es una marca registrada. No es obligatorio, pero es un derecho que tienes.

Texto oficial

Artículo 180.- Los miembros de la asociación o sociedad, titular de la marca colectiva, podrán usar junto a ésta el término “Marca Colectiva Registrada”.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 52) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.