Artículo 180 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los integrantes de una asociación o sociedad que sea dueña de una marca colectiva pueden ponerle a esa marca la frase “Marca Colectiva Registrada”. Es como un sello que identifica que la marca está protegida legalmente y pertenece a un grupo. Así, si formas parte de esa asociación, puedes usar esa etiqueta en tus productos o servicios para que todos sepan que es una marca registrada. No es obligatorio, pero es un derecho que tienes.
Texto oficial
Artículo 180.- Los miembros de la asociación o sociedad, titular de la marca colectiva, podrán usar junto a ésta el término “Marca Colectiva Registrada”.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.