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Artículo 232 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que cada vez que alguien registra una marca o la renueva (la mantiene vigente después de un tiempo), el resultado de ese trámite debe publicarse en un documento especial llamado "Gaceta". Piensa en la Gaceta como un periódico oficial en internet que todo el mundo puede consultar. Así, cualquiera puede enterarse de qué marcas están registradas o se renovaron. Esto sirve para que la información sea pública y transparente.

Texto oficial

Artículo 232.- Las resoluciones sobre registros de marcas y sus renovaciones deberán ser publicadas en la Gaceta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 63) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.