Artículo 307 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre qué pasa si alguien que tiene permiso para usar un nombre especial de un producto (como “Tequila” o “Queso Cotija”) quiere pasarle ese derecho a otra persona. Para que sea válido y nadie pueda reclamar, ese cambio debe registrarse en el Instituto, que es la oficina que lleva el control. Además, la nueva persona debe cumplir con todos los requisitos que marca la ley para poder usar ese nombre. El permiso empieza a ser legal solo a partir de que se hace el registro.
Texto oficial
Artículo 307.- El derecho a usar una denominación de origen o indicación geográfica protegida podrá ser transmitido por la persona usuaria autorizada en los términos de la legislación común. Dicha transmisión deberá ser inscrita en el Instituto para que pueda producir efectos en perjuicio de terceras LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-04-2026 80 de 116 personas, previa comprobación de que la nueva persona usuaria cumple con las condiciones y requisitos establecidos en esta Ley para obtener el derecho a usarlas. La transmisión surtirá efectos a partir de su inscripción. Artículo reformado DOF 03-04-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.