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Artículo 31 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para inscribir un poder (un documento que le da a alguien permiso para actuar por ti), tienes que entregar una solicitud con estos datos: tu nombre completo, el nombre de la persona o personas que van a representarte legalmente, el poder original o una copia certificada (una copia oficial sellada), una dirección en México donde puedas recibir avisos y un correo electrónico, y el comprobante de que pagaste la tarifa correspondiente. También pueden pedirte otros requisitos que digan esta Ley y su Reglamento.

Texto oficial

Artículo 31.- La solicitud de inscripción deberá presentarse, cumpliendo con los siguientes requisitos: I.- El nombre de la persona mandante; Fracción reformada DOF 03-04-2026 II.- El nombre de la persona representante o personas representantes legales; Fracción reformada DOF 03-04-2026 III.- El original o copia certificada del poder a inscribir; IV.- El domicilio para oír y recibir notificaciones en el territorio nacional, así como un correo electrónico; V.- El comprobante de pago de la tarifa correspondiente, y VI.- Los demás que prevengan esta Ley y su Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.