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Artículo 321 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien se opone a tu solicitud, el Instituto te avisará. Desde que recibas ese aviso, tendrás dos meses exactos, sin posibilidad de prórroga, para responder a las objeciones. En ese tiempo podrás decir lo que te parezca conveniente para defender tu derecho y, si quieres, presentar pruebas. No se te dará ni un día más, así que ponte las pilas para no perder la oportunidad.

Texto oficial

Artículo 321.- El Instituto notificará a la persona solicitante sobre las oposiciones recibidas, otorgándole un plazo improrrogable de dos meses, contado a partir de la fecha en que surta efectos la notificación respectiva, para manifestar lo que a su derecho convenga en relación con la oposición, observaciones u objeciones presentadas y, en su caso, presente pruebas. Artículo reformado DOF 03-04-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 82) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.