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Ley
LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Artículo
374

Artículo 374 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas la conciliación (que es como una plática formal para tratar de arreglar un problema sin llegar a juicio), tienes que entregar por escrito tu propuesta de solución. También debes llevar copias simples (fotocopias sin firmas originales) de ese escrito y de los documentos que le hayas agregado, para que se las entreguen a la otra persona. Así, la otra parte podrá conocer tu propuesta y responder. Básicamente, es llevar tu plan de arreglo y suficientes copias para todos.

Texto oficial

Artículo 374.- Al momento de solicitar la conciliación, la persona solicitante deberá presentar los términos de la propuesta conciliatoria. Además, deberá exhibir copias simples de dicho escrito y sus anexos, a efecto de correr traslado a su contraparte. Artículo reformado DOF 03-04-2026

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial (pág. 96) ↗

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