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Ley
LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Artículo
389

Artículo 389 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las multas que pongael Instituto se usan para pagar sus propios gastos de operación, como sueldos, renta o servicios. Eso significa que el dinero de las sanciones no se va a otro lado, sino que se queda en la misma institución para que pueda funcionar. En otras palabras, si te multan, ese dinero ayuda a mantener trabajando a la dependencia que te sancionó.

Texto oficial

Artículo 389.- Los ingresos por concepto de las multas impuestas por el Instituto se destinarán a cubrir sus gastos de operación.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial (pág. 101) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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