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Artículo 40 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando inventas algo en tu trabajo, la ley que protege tu invento depende de las reglas del contrato laboral mexicano. Si trabajas para una empresa extranjera, la protección se basa en lo que diga el acuerdo firmado. Además, si trabajas en escuelas, centros de investigación pública o instituciones del gobierno que hacen ciencia o innovación, tienes derechos extras que otras leyes te otorgan. En pocas palabras, tus inventos laborales están ligados a tu contrato y, si trabajas en investigación pública, tienes beneficios especiales.

Texto oficial

Artículo 40.- A las invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales o esquemas de trazado de circuitos integrados realizados por personas que estén sujetas a una relación de trabajo en México, les será aplicable lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo. En caso de que dicha relación tenga origen en una jurisdicción diversa, se estará a lo dispuesto en el convenio que para tal efecto se exhiba. Las personas que laboren en instituciones de educación, Centros Públicos de Investigación o entidades públicas que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico o innovación, gozarán además de los beneficios establecidos en la normatividad aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.