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Artículo 61 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Una vez que tu solicitud de registro de un modelo de utilidad pase el primer filtro de papeles (el examen de forma), se publica en el sistema lo más rápido posible. No puedes pedir que la publiquen antes de tiempo, porque no está permitido adelantar la fecha. Básicamente, esperas a que aprueben los documentos y luego sale la publicación sin demora.

Texto oficial

Artículo 61.- La publicación de la solicitud de registro de modelo de utilidad en trámite tendrá lugar lo más pronto posible después de que haya aprobado el examen de forma, sin que pueda solicitarse su publicación anticipada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.