Artículo 88 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes los derechos de un diseño de chip (esquema de trazado), puedes evitar que otros lo copien sin tu permiso. Nadie puede reproducir todo el diseño o una parte que sea original, ya sea dentro de un chip o de cualquier otra forma. Tampoco pueden importar, vender o distribuir ese diseño, los chips que lo tengan, o productos que contengan esos chips, si se hicieron ilegalmente. En pocas palabras: solo tú decides quién usa, vende o copia tu diseño de chip.
Texto oficial
Artículo 88.- El derecho exclusivo de explotación del esquema de trazado protegido confiere a su titular el derecho de impedir a otras personas que, sin su consentimiento: I.- Reproduzcan en su totalidad el esquema de trazado protegido o cualquiera de sus partes que se considere original por sí misma, en los términos de la fracción IV del artículo 84 de esta Ley, por incorporación en un circuito integrado o en cualquier otra forma, y II.- Importen, vendan o distribuyan, en cualquier forma, para fines comerciales: a) El esquema de trazado protegido; b) Un circuito integrado en el que se incorpore un esquema de trazado protegido, o c) Un bien que incorpore un circuito integrado que, a su vez, incorpore un esquema de trazado protegido reproducido ilícitamente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.