Artículo 13 de la LEY Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres servidor público y en tu trabajo sabes que probablemente se cometió un delito del que habla esta ley, tienes la obligación de reportarlo a la autoridad correspondiente. Si no lo haces, te pueden meter a la cárcel de 3 a 7 años y pagar una multa de entre 6,000 y 9,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia oficial para calcular multas. Esto aplica aunque también te castiguen por otras leyes, como la que sanciona a servidores públicos por faltas administrativas.
Texto oficial
Artículo 13.- Se sancionará de 3 a 7 años de prisión y multa de 6,000 a 9,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, a cualquier servidor público que en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, tenga conocimiento de la probable comisión de algún delito materia de esta Ley y no lo denuncie ante la autoridad competente. Párrafo reformado DOF 18-05-2018 Lo anterior, independientemente de las sanciones aplicables conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.