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Artículo 44 de la LEY Federal de Responsabilidad Ambiental

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 44 dice que las sentencias (decisiones finales de un juez) y los convenios (acuerdos entre las partes) que resulten del juicio por daños al medio ambiente deben ser públicos. Esto significa que cualquier persona puede consultarlos, no son secretos. La idea es que la gente sepa cómo se resolvieron estos casos y quién fue responsable. Así se garantiza la transparencia en estos asuntos ambientales.

Texto oficial

Artículo 44.- Las sentencias y convenios derivados del procedimiento judicial de responsabilidad ambiental serán públicos. SECCIÓN 5 Del Fondo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.