- Ley
- LEY Federal de Responsabilidad Ambiental
- Artículo
- 44
Artículo 44 de la LEY Federal de Responsabilidad Ambiental
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 44 dice que las sentencias (decisiones finales de un juez) y los convenios (acuerdos entre las partes) que resulten del juicio por daños al medio ambiente deben ser públicos. Esto significa que cualquier persona puede consultarlos, no son secretos. La idea es que la gente sepa cómo se resolvieron estos casos y quién fue responsable. Así se garantiza la transparencia en estos asuntos ambientales.
Texto oficial
Artículo 44.- Las sentencias y convenios derivados del procedimiento judicial de responsabilidad ambiental serán públicos. SECCIÓN 5 Del Fondo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.