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Artículo 43 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Auditoría Superior de la Federación (el órgano que revisa cómo se gasta el dinero público) puede, cuando tenga las pruebas suficientes, avisar al Tribunal sobre posibles faltas de servidores públicos. También puede denunciar esos hechos ante la Fiscalía Especializada (para investigar delitos), ante la Cámara de Diputados (para un juicio político), o ante el órgano de control interno de cada dependencia. Todo esto lo hace siguiendo las reglas del Título Quinto de esta ley. En términos simples, si ven algo malo en el uso del dinero público, pueden actuar de inmediato para que se investigue y, si es necesario, se castigue a los responsables.

Texto oficial

Artículo 43.- La Auditoría Superior de la Federación, podrá promover, en cualquier momento en que cuente con los elementos necesarios, el informe de presunta responsabilidad administrativa ante el Tribunal; así como la denuncia de hechos ante la Fiscalía Especializada, la denuncia de juicio político ante la Cámara, o los informes de presunta responsabilidad administrativa ante el órgano interno de control competente, en los términos del Título Quinto de esta Ley. Capítulo V De la conclusión de la revisión de la Cuenta Pública

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.