Artículo 66 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, además de lo que aquí se menciona, sí se pueden aplicar otras sanciones según la Ley General de Responsabilidades Administrativas. También aplican las que salgan de revisar la Cuenta Pública (el dinero público que usan los gobiernos). En pocas palabras, lo que dice este capítulo no te salva de otras consecuencias legales que correspondan.
Texto oficial
Artículo 66.- Lo dispuesto en el presente Capítulo, no excluye la imposición de las sanciones que conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas procedan ni de otras que se deriven de la revisión de la Cuenta Pública. TÍTULO CUARTO BIS De las investigaciones de oficio o derivadas de denuncia Título adicionado DOF 14-05-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.