Artículo 78 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si un servidor público comete una falta administrativa grave, el gobierno solo tiene 7 años para investigarlo y castigarlo. Ese tiempo se empieza a contar desde el día después de que ocurrió la falta, o si fue algo que hizo por un periodo largo, desde el momento en que dejó de hacerlo. Si pasa ese plazo sin que lo sancionen, ya no lo pueden hacer, a menos que el proceso se haya detenido legalmente según lo que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Texto oficial
Artículo 78.- La acción para fincar responsabilidades e imponer las sanciones por faltas administrativas graves prescribirá en siete años. El plazo de prescripción se contará a partir del día siguiente a aquél en que se hubiere incurrido en la responsabilidad o a partir del momento en que hubiese cesado, si fue de carácter continuo. En todos los casos, la prescripción a que alude este precepto se interrumpirá en los términos establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.