Artículo 86 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de la Auditoría Superior de la Federación (quien revisa cómo se gasta el dinero público) estará en su puesto durante ocho años y puede ser reelegido una sola vez si lo vuelven a nombrar. Lo pueden quitar del cargo si la Cámara de Diputados lo decide, pero solo por faltas muy graves que estén en la ley, y con la misma cantidad de votos que se usó para ponerlo. También lo pueden remover por las causas y siguiendo los pasos que marca la Constitución. Si esto pasa mientras los diputados están de vacaciones, la Comisión Permanente puede llamar a una sesión especial para que ellos decidan si lo sacan o no.
Texto oficial
Artículo 86.- El Titular de la Auditoría Superior de la Federación durará en el encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido por la Cámara por las causas graves a que se refiere esta Ley, con la misma votación requerida para su nombramiento, así como por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si esta situación se presenta estando en receso la Cámara, la Comisión Permanente podrá convocar a un periodo extraordinario para que resuelva en torno a dicha remoción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.