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Artículo 96 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El jefe de la Auditoría Superior de la Federación tiene la facultad de decidir dónde acomodar o reacomodar las oficinas y áreas de trabajo que ya están definidas en su reglamento interno. Cada vez que tome acuerdos para pasarle funciones a otros o mover esas oficinas, tiene que hacerlo público en el Diario Oficial de la Federación, que es el periódico oficial del gobierno. Básicamente, puede organizar el trabajo internamente, pero todo cambio importante debe publicarse para que todos lo sepan.

Texto oficial

Artículo 96.- El Titular de la Auditoría Superior de la Federación podrá adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación. Los acuerdos en los cuales se deleguen facultades o se adscriban unidades administrativas se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.