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Artículo 13 de la LEY Federal de Revocación de Mandato

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tienes el derecho de juntar firmas para pedir que se evalúe el trabajo del Presidente. Puedes hacer actividades para conseguir el apoyo de la gente y obtener las firmas necesarias, siguiendo lo que dicen los artículos 369 y 370 de la Ley General. El Instituto Nacional Electoral (INE) puede hacer acuerdos con la Secretaría de Hacienda u otras oficinas para evitar que se usen recursos públicos del gobierno en estas campañas. Además, el INE estará al pendiente y, si alguien no sigue esta regla, puede iniciar un proceso de sanción conforme a la ley.

Texto oficial

Artículo 13. En el ejercicio de su derecho político a participar directamente en la evaluación de la gestión del Ejecutivo Federal, las ciudadanas y los ciudadanos podrán llevar a cabo actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano para la obtención de las firmas necesarias para acompañarlas a la solicitud, en términos de lo previsto por los artículos 369, numeral 1, y 370 de la Ley General. El Instituto podrá establecer convenios de coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público u otras dependencias, para prevenir, detectar y sancionar el uso de recursos públicos con dichos LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 14-09-2021 4 de 21 fines, que realicen los organismos o dependencias de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios. El Instituto vigilará y, en su caso, iniciará el procedimiento sancionador que corresponda, de conformidad con lo previsto en la Ley General, por la inobservancia a este precepto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.