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Artículo 19 de la LEY Federal de Revocación de Mandato

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El aviso oficial para el proceso de revocación de mandato debe incluir lo siguiente: las leyes en las que se basa, las etapas del proceso, el nombre del Presidente o Presidenta en turno, la fecha de la votación, la pregunta exacta que dice: "¿Estás de acuerdo en que a (nombre) se le revoque el mandato o siga hasta que termine su periodo?", las reglas para que la ciudadanía participe, y el lugar y fecha en que se publicó el aviso.

Texto oficial

Artículo 19. La Convocatoria para el proceso de revocación de mandato deberá contener, al menos, lo siguiente: I. Fundamentos constitucionales y legales aplicables, incluyendo la definición de revocación de mandato establecida en el artículo 5 de esta Ley; II. Las etapas del proceso de revocación de mandato; III. El nombre de la persona que ocupa la titularidad de la Presidencia de la República, quien será objeto del proceso de revocación de mandato; IV. Fecha de la jornada de votación en la que habrá de decidirse sobre la revocación de mandato; V. La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?; VI. Las reglas para la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, y VII. El lugar y fecha de la emisión de la Convocatoria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.