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Ley
LEY Federal de Revocación de Mandato
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY Federal de Revocación de Mandato

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que no se van a contar las firmas que juntes para apoyar la revocación de mandato si pasan estas cosas: que los nombres de las personas estén incompletos, sean falsos o tengan errores; que no incluyas la clave de elector o el número de atrás de la credencial para votar; que una misma persona firme más de una vez la misma petición (ahí solo se tomará en cuenta una firma); o que quien firme ya no esté en el padrón electoral por alguna razón que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 24. Las firmas de apoyo de las ciudadanas y los ciudadanos no serán contabilizadas para los efectos del porcentaje requerido, cuando: a) Se presenten nombres con datos incompletos, falsos o erróneos; LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 14-09-2021 6 de 21 b) No se acompañen la clave de elector o el número identificador al reverso de la credencial de elector derivado del reconocimiento óptico de caracteres (OCR) de la credencial para votar con fotografía vigente; c) Un ciudadano o ciudadana haya suscrito dos o más veces la misma petición de revocación de mandato; en este caso, solo se contabilizará una de las firmas, y d) Los ciudadanos o ciudadanas hayan sido dados de baja de la lista nominal o no se encuentren en ella por alguno de los supuestos previstos en la Ley General.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Revocación de Mandato (pág. 5) ↗

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