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Artículo 34 de la LEY Federal de Revocación de Mandato

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Desde tres días antes de la votación de revocación de mandato y hasta que cierren las casillas más al oeste de México, no puedes publicar ni compartir encuestas o resultados sobre preferencias de la gente. O sea, si tienes una encuesta sobre quién ganará o lo que opinan los ciudadanos, guárdatela durante ese tiempo. Tampoco puedes hacer ningún otro tipo de difusión relacionada. Esto aplica para que no haya influencia en el voto justo antes y durante la jornada electoral.

Texto oficial

Artículo 34. Durante los tres días naturales anteriores a la jornada de revocación de mandato y hasta el cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, queda prohibida la publicación o difusión de encuestas, total o parcial, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias de las y los ciudadanos o cualquier otro acto de difusión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.