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Artículo 50 de la LEY Federal de Revocación de Mandato

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto debe meter los resultados de cada casilla a su sistema de cómputo apenas salgan. Esto quiere decir que, cuando terminen de contar los votos en una casilla, esos números se suben rápido a la computadora. Así, en lugar de esperar hasta el final, la gente puede ver los resultados poco a poco desde temprano. Esto ayuda a que las cosas sean más claras y rápidas.

Texto oficial

Artículo 50. El Instituto incorporará al sistema de informática los resultados preliminares de cada casilla tan pronto como estos se produzcan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.