Artículo 50 de la LEY Federal de Revocación de Mandato
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Instituto debe meter los resultados de cada casilla a su sistema de cómputo apenas salgan. Esto quiere decir que, cuando terminen de contar los votos en una casilla, esos números se suben rápido a la computadora. Así, en lugar de esperar hasta el final, la gente puede ver los resultados poco a poco desde temprano. Esto ayuda a que las cosas sean más claras y rápidas.
Texto oficial
Artículo 50. El Instituto incorporará al sistema de informática los resultados preliminares de cada casilla tan pronto como estos se produzcan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.