Artículo 51 de la LEY Federal de Revocación de Mandato
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto, que es el INE, tiene que crear formas fáciles y sencillas para que cualquier persona interesada pueda inscribirse y participar como observador electoral. Esto significa que los trámites deben ser claros y al alcance de todos, sin complicaciones. Así, cualquier ciudadano podrá vigilar cómo se llevan a cabo las elecciones de manera legal.
Texto oficial
Artículo 51. El Instituto instrumentará mecanismos eficaces, claros y accesibles que garanticen el registro y participación de las observadoras y observadores electorales. SECCIÓN SEXTA DE LOS RESULTADOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.