Artículo 22 de la LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el gobierno te causa un daño a tu dinero o propiedades sin que tengas la obligación legal de aguantarlo, tú tienes que demostrar que fue su culpa. Por otro lado, el gobierno puede defenderse probando que el daño lo causaste tú, alguien más, o que fue por algo que no se podía prever ni evitar con la tecnología o ciencia del momento. También el gobierno puede demostrar que el daño no fue por su culpa o que pasó por una fuerza mayor (como un desastre natural). En resumen, tú tienes que comprobar que el gobierno te perjudicó, y ellos tienen que demostrar si hay razones para no pagarte.
Texto oficial
ARTÍCULO 22.- La responsabilidad del Estado deberá probarla el reclamante que considere lesionado su patrimonio, por no tener la obligación jurídica de soportarlo. Por su parte, al Estado corresponderá probar, en su caso, la participación de terceros o del propio reclamante en la producción de los daños y perjuicios irrogados al mismo; que los daños no son consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado; que los daños derivan de hechos o circunstancias imprevisibles o inevitables según los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de su acaecimiento, o bien, la existencia de la fuerza mayor que lo exonera de responsabilidad patrimonial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.