Artículo 18 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ya que la Sección Instructora terminó de investigar, le pasa sus conclusiones a los secretarios de la Cámara de Diputados. Ellos le avisan al Presidente de la Cámara, quien anuncia que los diputados deben juntarse y decidir sobre el caso en un plazo de tres días naturales. Los secretarios también les informan tanto a la persona que denunció como al funcionario acusado, para que se presenten a alegar lo que les convenga: el denunciante puede ir solo, y el funcionario debe ir acompañado de su abogado.
Texto oficial
ARTÍCULO 18.- Una vez emitidas las conclusiones a que se refieren los artículos precedentes, la Sección Instructora las entregará a los secretarios de la Cámara de Diputados para que den cuenta al Presidente de la misma, quien anunciará que dicha Cámara debe reunirse y resolver sobre la imputación, dentro de los tres días naturales siguientes, lo que harán saber los secretarios al denunciante y al servidor público denunciado, para que aquél se presente por sí y éste lo haga personalmente, asistido de su defensor, a fin de que aleguen lo que convenga a sus derechos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.